miércoles, 10 de febrero de 2010

EL ORDEN Y EL DERECHO

NOCIÓN Y CLASES DE DEBER
NOCIÓN: el deber es una obligación o precepto de necesario cumplimiento, que ha sido impuesto bien por algún poder externo al propio individuo (las leyes por ejemplo), bien por la conciencia interna del sujeto (el deber moral), atendiendo a la racionalidad de dichas obligaciones. El incumplimiento del deber da lugar a castigos y sanciones.
Kant entiende la ética como ciencia de los deberes y no de los fines, para el "el deber es la necesidad de una acción por respeto a la ley". El deber moral por tanto sería la obediencia a una ley moral universal impuesta por nuestra conciencia como algo necesario.
Es famosa la distinción Kantiana entre tres tipos distintos de acciones desde la perspectiva de la moralidad.
1.- Acciones contrarias al deber: son aquellas que son inmorales
2.- Acciones conforme al deber: aquellas acciones que aparentemente son buenas pero que no pueden ser consideradas morales en sí mismas, porque han sido realizadas buscando una finalidad ajena a la propia moral, como el interés personal, la búsqueda de otras sactisfaciones, el deseo de aparentar etc. Un ejemplo de acciones conforme al deber es la de un comerciante que mantiene bajo sus precios no porque considere que ese sea su deber, si no porque espera con ello ganarse más clientes y obtener así un beneficio mayor que el obtenido con precios altos.
3.- Acciones por deber: son las estrictamente morales, han sido realizadas libremente y voluntariamente por un puro respeto al deber, sin que en ellas hayan influido ninguna otra consideración de tipo personal o social. En el ejemplo anterior, el comerciante que mantiene bajo sus precios porque considera que eso es lo justo y lo debido moralmente.
CLASES DE DEBER
Existen tres tipos de deberes:
1.- Deberes de compromiso: son los que se derivan de una promesa o de un contrato libremente aceptado.
2.- Deberes de imposición: son las normas obligadas a cumplirlas por autoridad. Ejemplo: pago de impuestos.
3.- Deberes de proyecto: son los asumidos voluntariamente y sin esperar ningún beneficio a cambio. Estos son los propiamente éticos, pues no se basan en ninguna imposición externa, si no en la decisión particular y autónoma del sujeto.
EL DERECHO
FUNDAMENTO DEL DERECHO: desde épocas muy remotas el derecho a jugado un papel muy importante en la vida del ser humano, debido a que el hombre es un ente social por naturaleza que siente la imperiosa necesidad de convivencia. Por ello se debe regular todas las relaciones humanas para evitar los conflictos que entre hombres se presenten. Con el paso del tiempo se ha dado cuenta que el derecho es la mejor herramienta para resolver tales conflictos.
El derecho, la moral y la ética constituyen tres conceptos cercanos, en todos ellos subyace una idea común relacionada con la rectitud, la corrección, la búsqueda del bien, lo justo.
El derecho va directamente al comportamiento social, tiende a buscar el orden, convivencia social y contiene amenazas o sanciones.
El contenido del derecho pertenece al mundo del ser, dirigido al deber ser por el que los individuos deben ajustarsen a esas conductas para que el modelo social propuesto por el derecho pueda realizarse.
DEFINICIÓN DEL DERECHO: es la ciencia que regula la conducta del hombre, utilizando como instrumento la norma jurídica basada en la equidad y la justicia; de manera coercible para evitar la conducta antijurídica y preservar el bien común dentro de la sociedad.
DERECHO OBJETIVO: es el conjunto de normas, de preceptos imperativos-atributivos.
DERECHO SUBJETIVO: es una función del objetivo, es la norma que prohibe o permite; aquel permiso derivado de la norma.
FINES DEL DERECHO
1.- La paz: el derecho debe buscar que las relaciones entre sus miembros discurran habitualmente sin violencia y donde cada individuo está protegido de la agresión de los demás.
2.- Bienestar social: hay bienestar social cuando el derecho protege de forma eficaz un conjunto de intereses de la persona humana que se consideran básicos para una existencia digna.
3.- La justicia: justicia quiere decir, tratamiento igual de los iguales. La realización de la justicia exige que dos situaciones en las cuales las circunstancias son las mismas, sean tratadas en forma idéntica.
PROPIEDADES DEL DERECHO
1.- Contienen normas que facultan o prohiben
2.- Propiedad coercitiva, es decir que sus normas son de obligatorio cumplimiento
3.- Sus normas son reconocidas y aceptadas por la sociedad
4.- Sus normas son una creación de la inteligencia humana.

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