domingo, 31 de enero de 2010

ORGANOS DE CONTROL
Son órganos de control: el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.
El Ministerio Público: lo conforman el Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo, los Procuradores Delegados, los Agentes del Ministerio Público y Personeros Municipales.
Al Ministerio Público le corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas. (Art. 118 C. N.)
La Contraloría General de la República: tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración. (Art. 119 C. N.)

No hay comentarios:

Publicar un comentario